CÓDIGO DEL TRABAJO · Título V — DE LAS ASOCIACIONES DE TRABAJADORES Y DE LOS CONFLICTOS COLECTIVOS
DE LOS CONFLICTOS COLECTIVOS
71 artículos · texto oficial, cada uno en su página.
- Art. 467Derecho de huelga
- Art. 468Pliego de peticiones
- Art. 469Término del conflicto
- Art. 470Mediación obligatoria
- Art. 471Prohibición de declaratoria de huelga
- Art. 472Sometimiento del conflicto al Tribunal de Conciliación y Arbitraje
- Art. 473Designación de vocales
- Art. 474Integración del Tribunal de Conciliación y Arbitraje
- Art. 475Audiencia de conciliación
- Art. 476Normas para concurrencia a la junta de conciliación
- Art. 477Conciliación
- Art. 478Caso de remoción de un trabajador reclamante
- Art. 479Término de prueba e indagaciones
- Art. 480De las sesiones del tribunal
- Art. 481Recurso de apelación y nulidad
- Art. 482Trámite de los recursos
- Art. 483Ejecutoria del fallo
- Art. 484No se suspenderá la tramitación
- Art. 485Apelación de los huelguistas
- Art. 486Tribunales superiores de conciliación y arbitraje
- Art. 487Integración de los tribunales superiores
- Art. 488Trámite del recurso de segunda instancia
- Art. 489Efectos de los fallos ejecutoriados
- Art. 490Omisión de formalidades legales
- Art. 491Atribuciones del Ministerio de Trabajo y Empleo
- Art. 492Sanciones por incumplimiento del fallo
- Art. 493Ejecución del convenio o del fallo
- Art. 494Sanción al registrador de la propiedad
- Art. 495Derechos de los trabajadores para intervenir en el remate
- Art. 496No se suspenderá la ejecución de una sentencia o de una transacción
- Art. 497Casos en que puede declararse la huelga
- Art. 498Declaratoria de huelga
- Art. 499Providencias de seguridad
- Art. 500Permanencia en fábricas y talleres
- Art. 501Prohibición de emplear trabajadores sustitutos
- Art. 502Terminación de la huelga
- Art. 503Retorno al trabajo
- Art. 504Remuneración durante los días de huelga
- Art. 505Huelga solidaria
- Art. 506Tramitación de la huelga solidaria
- Art. 507Calificación de huelga solidaria ilícita
- Art. 508Declaratoria de huelga solidaria
- Art. 509Excepción a la garantía de estabilidad
- Art. 510Responsabilidad por actos de violencia
- Art. 511Suspensión del contrato de trabajo
- Art. 512Representación de los trabajadores
- Art. 513Declaratoria de huelga ilícita
- Art. 514Ver artículo
- Art. 515Servicios mínimos
- Art. 516Efectos de la inobservancia
- Art. 517Atribuciones de los Presidentes de los Tribunales de Conciliación y Arbitraje
- Art. 518Requisitos para desempeñar la Dirección Regional del Trabajo
- Art. 519Planteamiento de reclamaciones
- Art. 520Comparecencia de cualquier persona
- Art. 521Decisiones sobre fallos contradictorios
- Art. 522Regulación de honorarios
- Art. 523Caso de delito de concusión
- Art. 524Fondos del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia
- Art. 525Concepto de paro
- Art. 526Autorización para el paro
- Art. 527Designación de comité especial
- Art. 528Plazo para contestar
- Art. 529Formación del Tribunal de Conciliación y Arbitraje
- Art. 530Procedimiento en rebeldía
- Art. 531Casos en que el empleador puede declarar el paro
- Art. 532Duración del paro
- Art. 533Efectos del paro
- Art. 534Paro ilegal
- Art. 535Reanudación parcial del trabajo
- Art. 536Sanciones por paro ilegal
- Art. 537Obligaciones de los empleadores