De la capacidad para contratar
5 reconoce con capacidad civil para obligarse. Sin embargo, los adolescentes que han cumplido quince años de edad tienen capacidad legal para suscribir contratos de trabajo, sin necesidad de autorización alguna y recibirán directamente su remuneración. Artículo sustituido por Ley No. 39, publicada en Registro Oficial 250 de 13 de Abril del 2006 . CÓDIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1462, 1463, 1464 CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, Arts. 65, 88, 93 Gaceta Judicial, RELACION LABORAL DE MENOR DE EDAD, 14-mar-1974 Gaceta Judicial, MENOR DE EDAD ACTOR EN JUICIO, 07-nov-1979 Gaceta Judicial, ACTOR MENOR DE EDAD EN JUICIO LABORAL, 23-mar-1983 .- Representantes de los empleadores.- Son representantes de los empleadores los directores,
6 gerentes, administradores, capitanes de barco, y en general, las personas que a nombre de sus principales ejercen funciones de dirección y administración, aún sin tener poder escrito y suficiente según el derecho común. El empleador y sus representantes serán solidariamente responsables en sus relaciones con el trabajador. Exceptúase de la solidaridad señalada en el inciso anterior a las entidades que conforman el sector público y a las empresas públicas. En consecuencia, no podrá ordenarse medida cautelar o ejecutarse sentencia alguna en contra de los representantes legales o administradores de las referidas entidades o empresas. Página 23 de 196 Inciso tercero agregado por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 332 de 12 de Septiembre del 2014 . TRIPLE REITERACIÓN: No es obligación del trabajador saber cual es la persona que ejerce la representación judicial de una empresa o institución, para dirigir contra él su acción. Bástale dirigirse en la demanda contra las personas que ejercen funciones de dirección y administración. Ver los fallos II-A, II-B y II-C de la Gaceta Judicial de Mayo - Agosto de 1998, página 3241. La responsabilidad solidaria que consagra el Art. 36 del Código del Trabajo permite al trabajador demandar a aquel que ejerce funciones de dirección y administración y no necesariamente al representante legal. Ver los fallos VII-A, VII-B y VII-C de la Gaceta Judicial de Mayo - Agosto de 1998, página 3254. El trabajador puede dirigir la demanda en contra de quien ejerce funciones de dirección y administración; no sólo contra el representante legal. Ver los fallos IV-A, IV-B y IV-C de la Gaceta Judicial de Mayo - Agosto de 1998, página 3270. CÓDIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1527, 1530, 1538 CÓDIGO DEL TRABAJO, Arts. 308 LEY DE COMPAÑÍAS, Arts. 252 Gaceta Judicial, SOLIDARIDAD PATRONAL, 22-may-1944 Gaceta Judicial, SOLIDARIDAD PATRONAL, 05-may-1947 Gaceta Judicial, PARROCOS, 23-dic-1950 Gaceta Judicial, SOLIDARIDAD PATRONAL, 07-ene-1959 Gaceta Judicial, SOLIDARIDAD PATRONAL, 01-mar-1968 Gaceta Judicial, CAPITANES DE BARCOS, 15-abr-1970 Gaceta Judicial, SOLIDARIDAD PATRONAL, 22-nov-1974 Gaceta Judicial, SOLIDARIDAD PATRONAL, 22-oct-1975 Gaceta Judicial, RESPONSABILIDAD PATRONAL, 30-may-1978 Gaceta Judicial, FUNCIONES DE DIRECCION Y ADMINISTRACION, 30-ago-1983 Gaceta Judicial, RESPONSABILIDAD LABORAL DIRECTA DE SOCIA DE COMPAÑIA, 15-feb- Página 24 de 196 Gaceta Judicial, NIVELES DE REPRESENTACION Y OPERACION, 23-jul-1985 Gaceta Judicial, SOLIDARIDAD PATRONAL, 28-ago-1989 Gaceta Judicial, FUNCIONES DE DIRECCION Y ADMINISTRACION, 31-oct-1991 Gaceta Judicial, SOLIDARIDAD PATRONAL, 19-nov-1992 Gaceta Judicial, EJERCICIO DE FUNCIONES DE ADMINISTRACION Y DIRECCION PATRONAL, 20-jul-1994 Gaceta Judicial, REPRESENTANTES DEL PATRONO PARA JUICIOS LABORALES, 20-jul-1994 Gaceta Judicial, SENTENCIA CONDENATORIA A QUIEN NO ES DEMANDADO, 25-may-1995 Gaceta Judicial, ACCION CONTRA QUIEN EJERCE FUNCIONES DE DIRECCION, 28-ago-1996 Gaceta Judicial, SOLIDARIDAD PATRONAL, 06-mar-1997 Gaceta Judicial, FUNCIONES DE DIRECCION Y ADMINISTRACION, 13-ene-1998 Gaceta Judicial, REPRESENTACION PATRONAL BANCARIA, 21-ene-1998 Gaceta Judicial, OBLIGACION SOLIDARIA LABORAL, 28-oct-1998 Gaceta Judicial, RELACION LABORAL DE SUPERVISORA DE FACTURACION, 03-feb-1999 Gaceta Judicial, MANDATARIO NO TRABAJADOR, 07-jun-1999 Gaceta Judicial, RETROACTIVIDAD DE CONTRATO COLECTIVO 2, 28-sep-1999 Gaceta Judicial, REPRESENTACION LABORAL, 03-mar-2004 Gaceta Judicial, RECURSO DE APELACION POR DESPIDO, 07-sep-2009
Fuente oficial
Este contenido proviene de la codificación oficial de Código del Trabajo · emisor: Ministerio del Trabajo. Para verificar la versión vigente, consulta trabajo.gob.ec ↗.
Antes de actuar sobre un caso específico, verifica la versión vigente.