Recuperar el inmueble
Recuperar el inmueble es el acto final cuando el inquilino no entrega por su cuenta. Es distinto de cobrar lo adeudado y de terminar el contrato: presupone que hay causa y sigue la vía de restitución, nunca la fuerza.
La vía, no la fuerza
La recuperación pasa por la restitución del inmueble ante la autoridad competente, con la causa y la prueba que la sostienen. Actuar por mano propia expone al arrendador.
Tener el contrato, el estado de la mora o la causa invocada y la prueba lista es lo que hace efectiva y más rápida la restitución.
Base legal
La ejecuciónCómo se hace efectiva la recuperación del inmueble
- LILey de Inquilinato · Art. 48 — Lanzamiento / oposición al desahucio
- COGEPCOGEP · Ejecución y restitución del inmueble
El derecho, la vía y la ejecución son cosas distintas: cobrar no es terminar el contrato, y terminar no es recuperar el inmueble. Cada fuente se cita por su artículo; COGEP se enlazará cuando su navegador esté publicado.