El pago del canon
Es la obligación central del inquilino: pagar el arriendo en el monto, la forma y la fecha acordados. Dejar prueba de cada pago protege a ambas partes — al inquilino de que le reclamen deudas inexistentes, y al arrendador para acreditar la mora.
Cómo dejar prueba
- Prefiere transferencia o depósito antes que efectivo sin recibo.
- Si pagas en efectivo, exige recibo firmado con fecha y período.
- Conserva el historial: es tu respaldo ante cualquier reclamo.
Si hay atraso
El atraso en el pago del canon es un incumplimiento con consecuencias: puede dar lugar a la terminación del contrato y al cobro de lo adeudado.
Para el arrendador, documentar la mora es el primer paso — pero cobrar la deuda, terminar el contrato y recuperar el inmueble siguen siendo vías distintas.
El derecho, la vía y la ejecución son cosas distintas: cobrar no es terminar el contrato, y terminar no es recuperar el inmueble. Cada fuente se cita por su artículo; COGEP se enlazará cuando su navegador esté publicado.