Salida del país de un niño, niña o adolescente
En simple
Para que un niño, niña o adolescente salga del Ecuador, la ley exige la autorización de sus progenitores, y cuántas firmas hacen falta depende de con quién viaje. Esta es la regla vigente desde la reforma de octubre de 2025.
Lo importante
Depende de con quién viaje
Si viaja con uno de sus progenitores, necesita la autorización del otro. Si viaja solo o con terceros, necesita la autorización de los dos progenitores —salvo que uno esté privado de la patria potestad— o, en su defecto, la del juez.
CNA Art. 109Qué debe constar y quién controla
- Cuando el niño viaja solo o con terceros, en la autorización debe constar el motivo del viaje, el tiempo que permanecerá fuera del país y el lugar preciso de su residencia en el extranjero. CNA Art. 109
- La autoridad que emite la autorización la comunica de inmediato al Ministerio del Interior, que la controla en los puntos migratorios y verifica los motivos del viaje. CNA Art. 109
Cómo se otorga y qué pasa si uno se niega
- La autorización puede otorgarse ante el juez o ante un notario público. CNA Art. 110
- En caso de negativa, ausencia o incapacidad de uno de los progenitores, el otro puede solicitarla al juez, que la otorga o la deniega con conocimiento de causa en un plazo no mayor de quince días. CNA Art. 110
Información orientativa basada en el texto vigente de la normativa citada. Los casos concretos pueden requerir revisar documentación específica o asesoría profesional.