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TRÁMITE · DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL
Dirección General de Registro Civil · Mixto · Costo ~USD 100 · 1 día (con cita)

Casarse civilmente

¿Qué necesito para casarme por civil y cuánto cuesta?

El matrimonio civil se celebra en cualquier oficina del Registro Civil o en sede externa (casa, salón, restaurante) por mayor costo. Requiere agendar cita, presentar documentos y dos testigos. Genera por defecto sociedad conyugal de bienes — para separación de bienes se firman capitulaciones notariadas antes o durante el matrimonio.

Plazos
Tiempo real estimado
1-8 semanas de espera para conseguir cita, especialmente en temporada alta (mayo-diciembre)
Diciembre es el mes de mayor demanda. Agenda con 2+ meses si quieres fecha específica.

Requisitos

¿Cómo hacerlo paso a paso?

Ambos contrayentes deben ser mayores de 18 años (16-18 con autorización de padres). No deben estar casados con otra persona. No deben tener parentesco prohibido (ascendientes/descendientes/hermanos). Si uno es divorciado o viudo, lleva la sentencia de divorcio o partida de defunción.

Paso 1 de 5

Documentos a presentar

Costos desglosados

ConceptoMonto
Matrimonio en agencia del Registro CivilUSD 100 aprox.
Matrimonio en sede externa (casa, salón)USD 250-400 según ciudad
Capitulaciones matrimoniales (notaría)USD 80-150
Apostilla soltería extranjero (en origen)Variable por país

Plazos clave

EventoPlazoBase legal
Agendamiento mínimo anticipado1-4 semanas (según ciudad)Operativo Registro Civil
Duración de la ceremonia30-45 minutosOperativo
Entrega partida matrimonioInmediato post-ceremoniaOperativo
Disolución sociedad conyugal (capitulaciones)Antes o duranteCódigo Civil Art. 150

¿Dónde realizarlo?

Errores comunes — qué NO hacer

Casos especiales

Preguntas frecuentes

¿Las argollas son obligatorias?

No, son tradición. El acto jurídico se perfecciona con el sí de los contrayentes y la firma de la partida. Argollas, vestido, flores son decisión personal.

¿Mi cónyuge hereda automáticamente?

Sí. El cónyuge es heredero forzoso junto con los hijos (Código Civil Libro III). En sociedad conyugal, además recibe el 50% de los bienes gananciales por la disolución de la sociedad, antes de la masa hereditaria.

¿Necesito hacer trámites tributarios después del matrimonio?

Sí. Debes actualizar tu estado civil en el SRI (sri.gob.ec), IESS y banco. Para el IR puedes incluir a tu cónyuge como deducción si tiene ingresos bajos. Si ambos son contribuyentes, declaran por separado.

¿Puedo casarme si tengo una deuda alimenticia atrasada?

Sí. Las deudas no impiden casarse — son obligaciones personales que no se transmiten al cónyuge salvo que se contraigan durante la sociedad conyugal. PERO el cónyuge sí podría responder por deudas adquiridas DESPUÉS del matrimonio para gastos de la sociedad.

Base legal

Código Civil Art. 81-130LO de Gestión de Identidad y Datos Civiles Art. 51-58

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