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TRÁMITE · DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL
Dirección General de Registro Civil · Mixto · Gratuito · 1 día (si nace en hospital con registro)

Inscribir el nacimiento de un bebé

¿Cómo registro el nacimiento y qué plazos tengo?

El nacimiento debe inscribirse dentro de 30 días en el Registro Civil. Si nace en un hospital con registro habilitado, sale del hospital ya con su primera cédula. Es gratuito si lo haces dentro del plazo; pasados 30 días paga multa.

Plazos
Tiempo real estimado
Mismo día del alta si el hospital tiene módulo del Registro Civil; 1-2 días para cita presencial
Más del 70% de los hospitales públicos ya tienen módulo RC — sal del hospital con la cédula del bebé.

Requisitos

¿Cómo hacerlo paso a paso?

Más de 200 hospitales públicos y privados del país tienen módulo de Registro Civil. Si tu bebé nace ahí, el personal del Registro Civil te asiste con la inscripción ANTES del alta. Sale del hospital con su cédula y partida de nacimiento.

Paso 1 de 5

Documentos a presentar

Costos desglosados

ConceptoMonto
Inscripción dentro de 30 díasGRATUITO
Multa por inscripción tardíaUSD 8 (≈ 2% SBU) por mes de atraso
Cédula del bebé (primera vez)GRATUITO
Partida de nacimiento copia adicionalUSD 1-3

Plazos clave

EventoPlazoBase legal
Plazo legal de inscripción30 días desde el nacimientoLO Identidad Art. 30
Inscripción tardía (sin sentencia judicial)Hasta 1 año post-nacimientoLO Identidad Art. 33
Inscripción tardía mayor a 1 añoRequiere providencia judicialLO Identidad Art. 33
Vigencia primera cédula del bebéHasta 18 años o cambios de datosLO Identidad

¿Dónde realizarlo?

Errores comunes — qué NO hacer

Casos especiales

Preguntas frecuentes

¿Necesito padrinos para inscribir el nacimiento?

No. Los padrinos son tradición religiosa (bautismo), pero el registro civil no los requiere. Solo necesitas a uno o ambos padres con cédula.

¿Puedo ponerle al bebé un nombre extranjero o poco común?

Sí. La ley garantiza libertad de elección de nombre. El Registro Civil solo puede rechazar nombres que sean denigrantes, peyorativos o que comprometan la dignidad del niño. Nombres extranjeros, indígenas, compuestos — todos están permitidos.

Si nació en casa con partera, ¿puedo inscribirlo igual?

Sí, siempre que la partera sea autorizada por el MSP y pueda emitir el estadístico de nacido vivo. Si nació en zona rural sin partera certificada, hay procedimiento especial con declaración de 2 testigos y verificación del Registro Civil.

¿Cambiar el nombre del bebé después es posible?

Sí pero con restricciones. Hasta el primer año puede pedirse rectificación administrativa en Registro Civil con costo moderado. Después del primer año o para cambios sustanciales (no solo errores ortográficos), requiere proceso judicial.

Base legal

Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles Art. 28-37

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