Volver a Situaciones
SITUACIÓN · CIVIL
Civil

Me voy a divorciar y tengo hijos

¿Cuánto es la pensión alimenticia que me corresponde?

La pensión alimenticia se fija según la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas que expide cada año el Ministerio rector (Desarrollo Humano), y que combina el ingreso del obligado, el número de hijos y la edad. Es un mínimo: la autoridad no puede fijar menos, pero sí más.

Calcula lo que te corresponde
Abrir la calculadora relacionada →
Guías de Power Facts para tu caso

¿Qué hacer paso a paso?

  1. 1. Define qué tipo de divorcio aplica a tu caso

    Hay 2 vías: (a) Divorcio por mutuo consentimiento — cuando ambos están de acuerdo. Puede hacerse ante notario si no hay hijos dependientes, o incluso habiéndolos cuando su tenencia, visitas y alimentos ya están resueltos por acta de mediación o resolución judicial (Ley Notarial Art. 18.22). (b) Divorcio contencioso — cuando no hay acuerdo; se demanda invocando una causal (Código Civil Art. 110) y se tramita por procedimiento sumario en la Unidad Judicial de Familia (COGEP Art. 332.4). Tener hijos menores no obliga por sí solo a la vía contenciosa: lo define si hay acuerdo y si su situación ya está resuelta.

  2. 2. Tramita la pensión alimenticia (independiente del divorcio)

    La fijación de alimentos NO requiere divorcio previo — se puede pedir en cualquier momento. Se demanda en la Unidad Judicial de Familia y el monto se calcula con la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas que expide el Ministerio rector. Una vez fijada, la pensión no queda congelada: cualquiera de las partes puede pedir su aumento o reducción si cambian las circunstancias (eso NO es fijar por debajo del mínimo de tabla).

  3. 3. Calcula el monto usando la TPAM

    La TPAM combina 3 variables: (a) Nivel del obligado (6 niveles según ingresos, medidos en múltiplos del SBU); (b) Edad del alimentado (0 a 2 años / 3 años en adelante); (c) Número de hijos (1, 2, 3 o más). Resulta un porcentaje del ingreso del obligado. Es un mínimo referencial: la autoridad no puede fijar menos, pero sí más según las circunstancias probadas. Usa la calculadora para el estimado de tu caso.

  4. 4. Define tenencia, régimen de visitas y patria potestad

    Tenencia: con quién vive el niño (no es lo mismo que patria potestad — que la conservan ambos). Régimen de visitas: cuándo el padre no custodio comparte. Por principio de interés superior del niño (Código de la Niñez Art. 11), no se puede negar el contacto salvo violencia o riesgo grave demostrado. Se sugiere mediación familiar antes de juicio.

  5. 5. Divide bienes de la sociedad conyugal

    El divorcio disuelve la sociedad conyugal, pero eso NO significa que cada bien se parta 50/50 automáticamente. Primero se separa lo propio de cada cónyuge (herencias, donaciones, bienes anteriores al matrimonio o subrogados) y se hacen las deducciones y recompensas; recién el residuo —los gananciales— se divide por mitades (Código Civil Art. 198). A nombre de quién esté un bien no decide por sí solo si es propio o social. La liquidación se tramita en el mismo juicio o por separado.

Documentos que vas a necesitar

Plazos clave

EventoPlazoBase legal
Divorcio por mutuo consentimiento (notarial)Trámite ágil (la duración varía por notaría)Ley Notarial Art. 18.22
Divorcio contenciosoProcedimiento sumario (la duración depende del despacho)COGEP Art. 332.4
Fijación provisional de alimentosCon la calificación de la demandaCNA art. innum. (9)
La pensión se debe desde…La presentación de la demandaCNA art. innum. (8)
Medidas por incumplimientoDesde 2 pensiones impagasCNA art. innum. (20)

¿Dónde acudir?

Errores comunes — qué NO hacer

Excepciones y casos especiales

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta divorciarse en Ecuador?

La tarifa notarial del divorcio por mutuo consentimiento es referencial: el Consejo de la Judicatura la fija en 39% de un SBU (con el SBU 2026 de USD 482, unos USD 188). El divorcio contencioso implica honorarios de abogado —variables según la complejidad— más tasas judiciales; si calificas por ingresos, la Defensoría Pública te asiste gratis. Los gastos de avalúo y partición de bienes, si los hay, son adicionales. Confirma los costos vigentes con la notaría o el profesional.

¿Puedo cobrar la pensión retroactivamente desde antes de la demanda?

No. La pensión se debe desde la fecha de presentación de la demanda — no antes (CNA art. innum. 8). Por eso conviene demandar pronto. La pensión provisional se fija con la calificación de la demanda (CNA art. innum. 9) y rige desde la presentación.

¿Qué pasa si el padre no paga la pensión?

Ante el incumplimiento de 2 o más pensiones —sucesivas o no— el juez dispone la prohibición de salida del país del deudor y su incorporación al registro de deudores del Consejo de la Judicatura, que se remite a la Superintendencia de Bancos para la central de riesgos (CNA art. innum. 20). Además corre interés por mora a la tasa del Banco Central por cada día de retraso (art. innum. 31). El apremio personal como medida se rige hoy por el COGEP.

¿La pensión sube automáticamente cada año?

La tabla mínima se actualiza cada año (hasta el 31 de enero) con la inflación del INEC, y ninguna pensión puede quedar por debajo de ella: las que estén por debajo se indexan automáticamente, sin nueva demanda (CNA art. innum. 43). Pero si tu pensión ya está por encima del mínimo, no sube sola con la inflación. Aparte de la indexación, cualquiera de las partes puede pedir el aumento o la reducción si cambian las circunstancias.

¿Si pago la pensión, tengo derecho a deducir esos gastos del impuesto a la renta?

No. La pensión alimenticia NO es deducible en el IR del obligado. Sí está exenta en el IR de quien la recibe (LRTI Art. 9). Las cargas familiares para deducción de gastos personales en IR sí se cuentan según convivencia, no según quién paga la pensión.

Base legal

Código Civil Art. 106-110Código de la Niñez, Título V (arts. innum. sobre alimentos)Ley Notarial Art. 18.22COGEP Art. 332 · 334

Áreas relacionadas

Importante: esta página resume tus derechos sobre una situación común. Cada caso real tiene matices — antes de actuar, verifica tu situación específica con un profesional o consulta la versión vigente de la normativa citada arriba.