(Sustituido por el num. 5 de la Disposición Reformatoria Décima del Código s/n, R.O. 509-S, 22-V-2015)
La competencia de las juezas y los jueces de inquilinato y relaciones vecinales se fijará conforme con las reglas generales previstas en el Código Orgánico de la Función Judicial.