En lo no previsto en esta Ley, se aplicarán las disposiciones de los Códigos Civil y Código Orgánico General de Procesos, en lo que fueren pertinentes.
LEY DE INQUILINATO · ARTÍCULO 2
En lo no previsto en esta Ley, se aplicarán las disposiciones de los Códigos Civil y Código Orgánico General de Procesos, en lo que fueren pertinentes.