LEY ORGÁNICA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR · ARTÍCULO 13

Artículo 13 — Producción y Transgénica

Si los productos de consumo humano o pecuario a comercializarse han sido obtenidos o mejorados mediante transplante de genes o, en general, manipulación genética, se advertirá de tal hecho en la etiqueta del producto, en letras debidamente resaltadas.