El Director General ejercerá la representación del Instituto en las juntas generales de accionistas o de socios de las empresas en las que el IESS tuviere participación accionaria o financiera. Dicha representación cesará automáticamente en el momento en que se separe de su cargo en el Instituto, por cualquier causa. El Director General podrá delegar esta representación a cada junta de accionistas o socios, a favor del Subdirector General, mediante poder especial o carta poder.
Nota: La Disposición Reformatoria y Derogatoria Cuarta de la Ley s/n (R.O. 587-S, 11-V-2009) establece que una vez que el Directorio del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social apruebe los manuales de crédito, este parágrafo quedará derogado.