ARCONEL fija tarifas de compensación a generadores de emergencia para septiembre 2026–2027
ARCONEL establece los valores de CO&M (4,02 ¢USD/kWh) y CTC (1,32 ¢USD/kWh) para remunerar grupos electrógenos de emergencia del 12/09/2026 al 11/09/2027. Afecta a distribuidoras eléctricas, propietarios y arrendatarios de generadores privados conectados al SNI.
ARCONEL establece los valores de CO&M (4,02 ¢USD/kWh) y CTC (1,32 ¢USD/kWh) para remunerar grupos electrógenos de emergencia del 12/09/2026 al 11/09/2027. Afecta a distribuidoras eléctricas, propietarios y arrendatarios de generadores privados conectados al SNI.
Mediante Resolución ARCONEL-2026-0030-RES del 14 de septiembre de 2026, el Director Ejecutivo Encargado de ARCONEL aprobó el cálculo del Rubro de Compensación por Energía producida por Grupos Electrógenos de Emergencia (RCEGEE) conforme al Anexo G de la Regulación ARCONEL-002/26. Los parámetros anuales fijados son: costo de operación y mantenimiento CO&M de 4,02 ¢USD/kWh y costo de transporte de combustible CTC de 1,32 ¢USD/kWh, vigentes del 12 de septiembre de 2026 al 11 de septiembre de 2027. El costo de combustible (CC) se actualizará mensualmente según publicaciones de EP Petroecuador. La resolución aplica a consumidores regulados y no regulados —propietarios, arrendatarios o contratantes— de grupos electrógenos con potencia mínima de 100 kW calificados por las Empresas Eléctricas Distribuidoras (EED). Busca garantizar la continuidad del servicio eléctrico ante condiciones de déficit o emergencias en el Sistema Nacional Interconectado.
Estamos preparando el análisis completo de esta norma — qué cambia, a quién afecta y qué hacer.
Antes y después
Texto original — sin reformas documentadas a la fechaFuentes
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