SRI amplía plazos de declaraciones tributarias por falla tecnológica y emergencia en Napo
Contribuyentes con RUC dígito 2 y 3 tienen nuevas fechas hasta el 23 y 25 de julio; domiciliados en Napo con vencimientos del 18-28 de julio pueden declarar hasta septiembre sin multas ni intereses.
```json { "titulo_matchea_contenido": true, "titulo_sugerido": null, "nivel_confianza": "alto", "que_ocurrio": "El Director General del SRI emitió la Resolución NAC-DGERCGC25-00000016 el 17 de julio de 2025, vigente desde su publicación en el Registro Oficial, para ampliar los plazos de presentación de declaraciones y anexos tributarios ante dos eventos de fuerza mayor: un incidente tecnológico que saturó el sistema del SRI el 14 de julio de 2025, y la emergencia climática en la provincia de Napo que motivó la declaratoria de estado de emergencia en la Red Vial Estatal. Los sujetos pasivos con noveno dígito de RUC 2 y 3 cuyos vencimientos eran el 12 y 14 de julio disponen de nuevas fechas límite hasta el 23 y 25 de julio respectivamente; y los contribuyentes con domicilio tributario en Napo, con vencimientos entre el 18 y 28 de julio, tienen nuevos plazos escalonados entre el 1 y 9 de septiembre de 2025.", "que_cambia": "Las fechas de vencimiento originales del 12 y 14 de jul
Antes y después
Texto original — sin reformas documentadas a la fechaFuentes
Documento oficial y cobertura periodística verificada.Derecho societario, tributación empresarial y litigación en Ecuador.
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