Banco Central del Ecuador regula selección de proveedores bajo régimen especial de contratación
El BCE establece un procedimiento obligatorio para seleccionar proveedores en contrataciones bajo régimen especial, fijando un plazo máximo de 45 días y criterios de trazabilidad, competencia y mejor valor por dinero.
El BCE establece un procedimiento obligatorio para seleccionar proveedores en contrataciones bajo régimen especial, fijando un plazo máximo de 45 días y criterios de trazabilidad, competencia y mejor valor por dinero.
La Resolución Administrativa BCE-GG-019-2026 del Banco Central del Ecuador aprueba el procedimiento interno para seleccionar proveedores invitados en contrataciones sujetas al régimen especial previsto en el artículo 37 del Código Orgánico Monetario y Financiero. El procedimiento es obligatorio para todas las unidades del BCE que participen en contrataciones nacionales o internacionales bajo este régimen. Se establecen tres modalidades de selección: pública, confidencial/reservada y obtención directa de proformas. El plazo máximo desde el inicio hasta la adjudicación es de 45 días, excluyendo tiempos de autorización de la Procuraduría General del Estado. Se definen responsabilidades del Área Requirente y de la unidad de Gestión de Contratación Pública, y se incorpora el principio de mejor valor por dinero. La resolución fue emitida por el Gerente General encargado, Jorge Ponce Donoso, con sustento en informes técnico y jurídico favorables de agosto de 2026.
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Antes y después
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