ISD por tarjetas cambia a declaración anual en abril; omisiones 2022-2024 con regularización hasta junio
Quienes superen USD 5.000 en pagos al exterior con tarjeta y no tengan retención deben declarar el ISD acumulado cada abril. Los omisos de 2022-2024 pueden regularizarse hasta el 30 de junio de 2025 sin multas por declaraciones mensuales pendientes.
```json { "titulo_matchea_contenido": true, "titulo_sugerido": null, "nivel_confianza": "alto", "que_ocurrio": "El Director General del SRI expidió la Resolución NAC-DGERCGC25-00000009, publicada y vigente desde el 20 de mayo de 2025, que modifica las fechas de vencimiento para la declaración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) causado por pagos al exterior mediante tarjetas de crédito o débito. La resolución reforma dos resoluciones anteriores (NAC-DGERCGC16-00000191 y NAC-DGERCGC15-00000055) para establecer un esquema de declaración acumulada anual en abril del año siguiente y una ventana de regularización para omisos de los períodos 2022, 2023 y 2024.", "que_cambia": "Antes, la declaración del ISD por uso de tarjetas en el exterior se realizaba de forma acumulativa mensual; con esta resolución, los tarjetahabientes que superen el monto exento anual (USD 5.000) y no hayan sido retenidos pasan a declarar y pagar el ISD de forma acumulada anual, durante el mes de abril
Antes y después
Texto original — sin reformas documentadas a la fechaFuentes
Documento oficial y cobertura periodística verificada.Derecho societario, tributación empresarial y litigación en Ecuador.
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