ISD por tarjetas cambia a declaración anual en abril; omisiones 2022-2024 con regularización hasta junio
Quienes superen USD 5.000 en pagos al exterior con tarjeta y no tengan retención deben declarar el ISD acumulado cada abril. Los omisos de 2022-2024 pueden regularizarse hasta el 30 de junio de 2025 sin multas por declaraciones mensuales pendientes.
```json { "titulo_matchea_contenido": true, "titulo_sugerido": null, "nivel_confianza": "alto", "que_ocurrio": "El Director General del SRI expidió la Resolución NAC-DGERCGC25-00000009 el 20 de mayo de 2025, vigente desde esa misma fecha, modificando las fechas de vencimiento para la declaración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) generado por pagos al exterior con tarjetas de crédito o débito. La norma reforma dos resoluciones previas (NAC-DGERCGC16-00000191 y NAC-DGERCGC15-00000055) para establecer un esquema de declaración acumulada anual en lugar del anterior esquema mensual, e incorpora un régimen transitorio de regularización para los períodos 2022, 2023 y 2024.", "que_cambia": "Antes de esta resolución, los tarjetahabientes que superaban el monto exento anual de USD 5.000 y no habían sido retenidos debían presentar declaraciones acumulativas mensuales del ISD. Con esta norma, se sustituye ese esquema por una declaración acumulada anual única, que debe presentarse
Antes y después
Texto original — sin reformas documentadas a la fechaFuentes
Documento oficial y cobertura periodística verificada.Derecho societario, tributación empresarial y litigación en Ecuador.
Consultar con Spingarn →