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TRIBUTARIO

Declaración y pago conjunto de IVA por internet obligatorio desde junio 2026

Desde junio de 2026, todos los contribuyentes deberán declarar y pagar el IVA de forma conjunta vía internet, salvo exportadores de bienes y sus proveedores directos registrados como activos en el Sistema SDII.

Servicio de Rentas Internas · Resolución NAC-DGERCGC26-00000016 · Vigente desde 15 de abril de 2026
RESUMEN DE IMPACTO · POWER FACTS
QUÉ DISPONE

```json { "titulo_matchea_contenido": true, "titulo_sugerido": null, "nivel_confianza": "alto", "que_ocurrio": "El 15 de abril de 2026, la Directora General del SRI expidió la Resolución NAC-DGERCGC26-00000016, que reforma la Resolución 1065 de 2002 mediante la incorporación de una Disposición Transitoria Segunda. Esta disposición exige que la declaración y el pago del IVA se realicen de forma conjunta e inseparable a través de internet, siendo aplicable para todas las declaraciones presentadas a partir de junio de 2026. Se establece una excepción temporal para exportadores de bienes y sus proveedores directos registrados como 'ACTIVO' en el Catastro del Sistema SDII, hasta que el SRI adapte sus sistemas tecnológicos.", "que_cambia": "Antes de esta reforma, era posible presentar la declaración de IVA por internet sin efectuar el pago simultáneamente; a partir de junio de 2026, la declaración sin pago carece de validez ante la administración tributaria. La Resolución 1065 de 2

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