SRI actualiza requisitos y mecanismos para obtener clave de acceso al portal en línea
La nueva resolución reemplaza la anterior y define los pasos para obtener o recuperar la clave del portal SRI en línea, ya sea en ventanilla, por Gob.ec o de forma virtual con firma electrónica. Aplica a personas naturales, sociedades y terceros autorizados.
La nueva resolución reemplaza la anterior y define los pasos para obtener o recuperar la clave del portal SRI en línea, ya sea en ventanilla, por Gob.ec o de forma virtual con firma electrónica. Aplica a personas naturales, sociedades y terceros autorizados.
La Resolución NAC-DGERCGC26-00000036 del SRI deroga y sustituye la resolución NAC-DGERCGC20-00000014 de 2020 sobre claves de acceso al portal SRI en Línea. Establece tres canales para obtener o recuperar la clave: el portal transaccional SRI en Línea (mediante firma electrónica vigente), el Portal Único Gob.ec (para terceros autorizados o representación conjunta) y los Centros de Atención presenciales. En todos los casos se exige registrar medios de contacto exclusivos (correo y celular) y suscribir el Acuerdo de Responsabilidad y Uso de Medios Electrónicos, que puede firmarse electrónicamente. Para trámites presenciales de terceros se requiere poder notariado o providencia judicial. La norma aplica a personas naturales, sociedades y establecimientos permanentes de no residentes, y rige desde su publicación en el Registro Oficial.
Estamos preparando el análisis completo de esta norma — qué cambia, a quién afecta y qué hacer.
Antes y después
Texto original — sin reformas documentadas a la fechaFuentes
Documento oficial y cobertura periodística verificada.Derecho societario, tributación empresarial y litigación en Ecuador.
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