CÓDIGO DEL TRABAJO · ARTÍCULO 556

De sus funciones

Corresponde a la Dirección de Empleo y Recursos Humanos:

  1. Orientar la utilización adecuada de la fuerza laboral del país;
  2. Promover y ejecutar la política de empleo, mediante el servicio de colocación;
  3. Investigar y atender todo lo relacionado con la selección de las migraciones laborales;
  4. Llevar el registro de los trabajadores ocupados y desocupados, siguiendo una catalogación metodizada y completa conforme a las diversas ramas de trabajo, con las especificaciones necesarias; y,
  5. Las demás conferidas por la ley.