Las funciones del comité de empresa son:
- Celebrar contratos colectivos;
- Intervenir en los conflictos colectivos de trabajo;
- Resolver, de conformidad con los estatutos, los incidentes o conflictos internos que se susciten entre los miembros del comité, la directiva y la asamblea general;
- Defender los derechos de clase, especialmente cuando se trate de sus afiliados;
- Propender al mejoramiento económico y social de sus afiliados; y,
- Representar a los afiliados, por medio de su personero legal, judicial o extrajudicialmente, en asuntos que les interese, cuando no prefieran reclamar sus derechos por sí mismos.