Todo trabajador de transporte deberá estar provisto de una libreta entregada por la empresa o propietario de vehículos, cuyo formato lo suministrará la Dirección Regional del Trabajo y de la que constará:
- El nombre y la edad del trabajador;
- Su nacionalidad y domicilio;
- Las fechas de ingreso y cese;
- El salario o sueldo;
- El cargo que desempeña y la clase y número del vehículo; y,
- El número y fecha del brevet o autorización del manejo.