(Sustituido por el Art. 39 de la Ley s/n, R.O. 483-3S, 20- IV-2015)
Una vez vencido el período de prueba, se convierte en un contrato por tiempo indefinido. En caso de despido intempestivo, para el cómputo de la indemnización, se tomará en cuenta la remuneración que perciba la persona trabajadora.