La contestación a la reclamación contendrá lo siguiente:
- Designación de la autoridad ante quien comparece;
- Un pronunciamiento expreso sobre las pretensiones del reclamante, con indicación categórica de lo que admite o niega;
- Todas las excepciones que se deduzcan contra las pretensiones del reclamante;
- Designación y aceptación de los vocales principales y suplentes que integran el Tribunal de Conciliación y Arbitraje; y,
- El domicilio legal para las notificaciones que correspondan al compareciente y a los vocales designados.
- Al escrito de contestación se acompañarán las pruebas instrumentales de que disponga el demandado y los documentos que acrediten su representación, si fuere el caso.