Obligaciones de los adolescentes infractores. (Agregado por el num. 43 de la Disposición Reformatoria Décimo Cuarta del Código Orgánico Integral Penal, R.O. 180-S, 10-II-2014).- Son obligaciones de los adolescentes infractores las siguientes:
- Cumplir las normas establecidas en la Constitución, leyes y reglamentos respectivos.
- Respetar la dignidad, integridad física, psíquica y sexual de todas las personas que se encuentren en los Centros.
- Cuidar los bienes y materiales que se le hayan entregado para su uso.
- Abstenerse de provocar cualquier daño material a los Centros.
- Ayudar a la conservación y aseo del Centro.
- Cumplir las instrucciones legítimas impartidas por los funcionarios del Centro.