(Agregado por el numeral 43 de la Disposición Reformatoria Décimo Cuarta del Código Orgánico Integral Penal, R.O. 180-S, 10-II-2014)
Para los casos de contravenciones, se aplicará la medida de amonestación al adolescente y llamado de atención a los padres y una o más de las siguientes medidas: a) Imposición de reglas de conducta de uno a tres meses. b) Orientación y apoyo psico socio familiar de uno a tres meses. c) Servicios a la comunidad de hasta cien horas.