CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA · ARTÍCULO 374

Autoridad competente

(Agregado por el num. 43 de la Disposición Reformatoria Décimo Cuarta del Código Orgánico Integral Penal, R.O. 180-S, 10-II-2014)

Los juzgadores especializados en adolescentes infractores son competentes para el control jurisdiccional de la ejecución de las medidas socioeducativas que se aplican.