(Reformado por la Disposición Reformatoria Décimo Segunda, num. 5, de la Ley s/n, R.O. 544-S, 9-III-2009; y, Reformado por el num. 34 de la Disposición Reformatoria Décimo Cuarta del Código Orgánico Integral Penal, R.O. 180-S, 10-II-2014)
Si el adolescente cumpliere con las obligaciones acordadas, el Fiscal solicitará al Juez el archivo de la causa, caso contrario pedirá que se continúe con el proceso de juzgamiento.