(Reformado por la Disp. Reformatoria Única de la Ley s/n, R.O. 236-7S, 4-III-2026) Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida desde su concepción. Es obligación del Estado, la sociedad y la familia asegurar por todos los medios a su alcance, su supervivencia y desarrollo. Se prohíben los experimentos y manipulaciones médicas y genéticas, así como la utilización de cualquier técnica o práctica que ponga en peligro su vida o afecte su integridad o desarrollo integral. La participación de niñas, niños y adolescentes desde su nacimiento en investigaciones en salud, incluyendo los ensayos clínicos con medicamentos, vacunas y dispositivos médicos u otros productos de investigación, se debe realizar y regular conforme a la normativa legal vigente y la que emita la Autoridad Sanitaria Nacional, y en consonancia con los estándares éticos internacionales vigentes para la investigación con seres humanos.
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA · ARTÍCULO 20