CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA · ARTÍCULO 169

Negativa de solicitud de adopción

En caso de que la solicitud de adopción sea negada por la respectiva Unidad Técnica de Adopciones, el solicitante podrá interponer recurso administrativo ante el Ministro de Bienestar Social.

Nota: Las funciones del Ministro de Bienestar Social fueron asumidas por el Ministro de Inclusión Económica y Social, según el D.E. 580 (R.O. 158-S, 29-VIII-2007).