CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA · ARTÍCULO 103

Deberes fundamentales de los hijos e hijas

Los hijos e hijas deben:

  1. Mantener un comportamiento responsable y respetuoso que facilite a sus progenitores el adecuado cumplimiento de sus deberes;
  2. Asistir, de acuerdo a su edad y capacidad, a sus progenitores que requieran de ayuda, especialmente en caso de enfermedad, durante la tercera edad y cuando adolezcan de una discapacidad que no les permita valerse por sí mismos; y,
  3. Colaborar en las tareas del hogar; de acuerdo a su edad y desarrollo, siempre que no interfieran con sus actividades educativas y desarrollo integral. No deben abandonar el hogar de sus progenitores o responsables de su cuidado, o el que éstos les hubiesen asignado, sin autorización de aquellos. De producirse el abandono del hogar, el Juez investigará el caso y luego de oír al niño, niña o adolescente, dispondrá la reinserción en el hogar u otra medida de protección si aquella no es posible o aparece inconveniente.