El nacimiento de una persona fija el principio de su existencia legal, desde que es separada completamente de su madre. La criatura que muere en el vientre materno, o que, perece antes de estar completamente separada de su madre, se reputará no haber existido jamás. Se presume que la criatura nace con vida; quien alegue lo contrario para fundamentar un derecho, deberá probarlo.
Nota: El Código Civil adopta la teoría de la viabilidad, lo cual en apariencia es contrario a los preceptos del Código de la Niñez y Adolescencia, que protege la vida desde la concepción. En aplicación de los principios de interpretación normativa prevalecería el segundo cuerpo normativo, por constituir ley especial.