CÓDIGO CIVIL · ARTÍCULO 245

Artículo 245

(Sustituido por el Art. 29 de la Ley s/n, R.O. 526-2S, 19-VI-2015)

Cuando por haber pasado la madre a otras nupcias se dudare a cuál de los dos matrimonios pertenece un hijo y se solicitare una decisión judicial, el juez resolverá por el resultado del examen comparativo de los patrones de bandas o secuencias de ácido desoxirribonucleico (ADN).