Esta unión termina: a) (Sustituido por el num. 10 de la Disposición Reformatoria Quinta del Código s/n, R.O. 506-S, 22-V-2015).- Por mutuo consentimiento expresado por instrumento público o ante una jueza o un juez de la familia, mujer, niñez y adolescencia. b) (Sustituido por el num. 10 de la Disposición Reformatoria Quinta del Código s/n, R.O. 506-S, 22-V-2015).- Por voluntad de cualquiera de los convivientes expresado por escrito ante la jueza o el juez competente, en procedimiento voluntario previsto en el Código Orgánico General de Procesos. c) Por el matrimonio de uno de los convivientes con una tercera persona; y, d) Por muerte de uno de los convivientes.
CÓDIGO CIVIL · ARTÍCULO 226