El pago del saneamiento se divide entre los partícipes a prorrata de sus cuotas. La porción del insolvente grava a todos a prorrata de sus cuotas, incluso el que ha de ser indemnizado.
CÓDIGO CIVIL · ARTÍCULO 1363
El pago del saneamiento se divide entre los partícipes a prorrata de sus cuotas. La porción del insolvente grava a todos a prorrata de sus cuotas, incluso el que ha de ser indemnizado.