(Sustituido por el Art. 11 de la Ley s/n, R.O. 526-2S, 19-VI-2015)
Son causas de divorcio:
- El adulterio de uno de los cónyuges.
- Los tratos crueles o violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
- El estado habitual de falta de armonía de las dos voluntades en la vida matrimonial.
- Las amenazas graves de un cónyuge contra la vida del otro.
- La tentativa de uno de los cónyuges contra la vida del otro.
- Los actos ejecutados por uno de los cónyuges con el fin de involucrar al otro o a los hijos en actividades ilícitas.
- La condena ejecutoriada a pena privativa de la libertad mayor a diez años.
- El que uno de los cónyuges sea ebrio consuetudinario o toxicómano.
- El abandono injustificado de cualquiera de los cónyuges por más de seis meses ininterrumpidos.